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martes, 9 de agosto de 2011

Sala Constitucional declaró extinguido recurso interpuesto por Hermann Escarrá

En ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró la perención de la instancia y la extinción del proceso en el recurso de nulidad contra los artículos 4, 7, 10, 11, 16, 19, 22, 25, 28, 40 y 81 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional publicada en Gaceta Oficial número 38.280 del 26 de septiembre de 2005; acción solicitada por Hermann Escarrá, quien alegó razones de inconstitucionalidad del citado reglamento.

Estudiado el caso, la Sala constató que el recurso se fundamentó, entre otros argumentos, en que las disposiciones legislativas impugnadas serian violatorias de los artículos 323, 328, 329 y 345 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por “separarse de la doctrina democrática propia de nuestro estado constitucional”, al constituir lo que Escarrá denominó la “milicianización” de la Fuerza Armada Nacional.

En el presente caso observó la Sala del TSJ que desde el momento en que se interpuso la demanda en el año 2008 no existió actividad procesal alguna del demandante; incluso se le notificó de la admisión de la demanda en el domicilio procesal, lo que evidencia una absoluta ausencia de actividad procesal durante un tiempo superior a un (1) año, por lo que se declaró la perención de la instancia.

(TSJ/VTV)